Wednesday, June 29, 2005

La CLI advierte que el DNI electrónico no puede incluir datos personales ajenos a la identificación

La CLI advierte que el DNI electrónico no puede incluir datos personales ajenos a la identificación

La Aprobación de la nueva Ley del Permiso de Conducir por Puntos producida recientemente en el Senado, a falta de su ratificación en el Congreso, ha redoblado en la Comisión de Libertades Informáticas (CLI) los interrogantes sobre los datos que conformarán el contenido del futuro DNI electrónico. La falta de debate social e información que se está dando en relación a la aprobación de una norma que regule el e-DNI se ve acentuada día a día.

"El Senado ha aprobado la integración, cuando sea posible, del permiso de conducir por puntos en el futuro DNI electrónico. La falta de criterio que está demostrando el Gobierno en lo que respecta a este asunto, directamente ligado con los derechos fundamentales de los ciudadanos, ocasiona hechos como el producido en el Senado, en el que parece que se quieren relegar tales derechos en aras de una pretendida eficacia", afirma la CLI en una nota de prensa.

Es por ello que la CLI ha expresado su preocupación "por los parámetros que finalmente queden plasmados en el texto que desarrolle el DNI electrónico que, algún día, tendrá que publicarse en el BOE, por cuanto se puedan vulnerar derechos fundamentales, como lo son el derecho a la intimidad y la protección de datos personales en el ámbito de las Administraciones Públicas".

Este organismo –integrado por la Asociación de Internautas (AI), la Asociación de Doctores, Licenciados e Ingenieros en Informática (ALI), la Asociación Pro Derechos Humanos de España (APDHE), CCOO, la Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU), la Federación de Asociaciones de Defensa de la Sanidad Pública (FADSP) y UGT- solicita al Congreso que no ratifique esta iniciativa.

"Existen indicios de que pueden quedar vulnerados tanto la Jurisprudencia del Tribunal Constitucional como de la Audiencia Nacional en lo que respecta al principio de que los datos de carácter personal objeto de tratamiento no podrán usarse para finalidades distintas de aquellas para las que los datos hubieran sido recogidos, ni podrán tratarse posteriormente de manera incompatible con dichos fines. Dicha Jurisprudencia sustenta la propuesta de reforma de la LOPD que promueve la CLI", señala el comunicado, que añade que "tampoco sabemos si se ha consultado a la Agencia Española de Protección de Datos, lo cual creemos que es preceptivo".

"Esta estrategia que parece se está imponiendo, consistente en concentrar en el DNI electrónico la mayor cantidad de datos posible. Puede derivar, por ejemplo, en la inclusión de datos de salud en una tarjeta electrónica cuya única finalidad es meramente identificativa (como el actual DNI). La CLI estima que esta estrategia no está sujeta a la normativa vigente, salvo que se respaldara con la acreditación de un consentimiento individual, informado y expreso", concluye la CLI.

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